Si te interesa saber más sobre este modelo y todo lo que necesitas para presentarlo, los plazos, la manera de rellenarlo y más, aquí te lo contamos todo.
Índice del contenido
¿Qué es el modelo 190?
El 190 es una declaración informativa que se comunica a hacienda anualmente, que resume el total de las retenciones del IRPF que hizo el empresario durante el periodo fiscal anterior a los trabajadores de nómina, empresarios y autónomos por factura.
Suele confundirse con el 111. Esto tiene que ver con que los dos hacen declaraciones de retenciones del IRPF, pero el modelo 111 se presenta trimestralmente y el modelo 190 es un resumen de todos los modelos 111 anteriores.
El empresario funciona como un recaudador para la administración.
Por ejemplo, cuando paga la nómina a los empleados, de ella descuenta el IRPF que le corresponde a cada trabajador.
Luego ese IRPF deberá entregarlo a Hacienda trimestralmente a través de los modelos 111. Finalmente, cada año debe además presentar el 190, que resume todos los 111.
¿Cómo se presenta el modelo 190?
Ahora hemos llegado a la parte que puede ser un poco más compleja, pero te la explicamos paso a paso.
Para empezar, debes disponer de certificado digital, de lo contrario no puedes presentarlo. Luego debes acceder a este enlace y pinchar en presentar. Hecho esto, toca empezar a rellenar datos…
📌Identificación y resumen de datos
Esto es lo primero que se debe rellenar. Aquí se colocarán los datos del declarante , como nombre, apellidos, NIF y número de teléfono. También se pondrá el ejercicio en el que se está haciendo la presentación. Además se debe indicar si la declaración que se hace es de clase complementaria o sustitutiva.
📌Relación de perceptores
Ahora debes identificar un a uno a todos los perceptores, esto lo haces con el NIF, nombre y apellidos de cada cual.
Luego deberás escoger entre las demás casillas que en este caso son “Claves”
- ✅Clave (A): Coloca el rendimiento del trabajo por cuenta ajena.
- ✅Clave (B): Aquí van los rendimientos del trabajo de pensionistas o perceptores pasivos y las presentaciones que están contempladas en el artículo 17.2 de la ley de impuestos.
- ✅Clave (C): Corresponde a los subsidios por desempleo.
- ✅Clave (D): Capitalización por paro.
- ✅Clave (E): Coloca las retribuciones a consejeros y administradores.
- ✅Clave (F): Aquí irán las retribuciones por conferencias, seminarios, cursos y similares.
- ✅Clave (G): Pon los rendimientos relacionados con actividades profesionales.
- ✅Clave (H): Solo se colocarán los rendimientos que tengan que ver con actividades económicas, ganaderas, forestales y las dispuestas en el artículo 95.6.2 del reglamento de impuestos.
- ✅Clave (I): Pon los rendimientos de actividades económicas (Solo los que aparezcan en el artículo 75.2.b del reglamento de impuestos).
- ✅Clave (J): Corresponde a la imputación de rentas de la cesión de derechos de imagen.
- ✅Clave (K): Incluye aquí los premios y ganancias patrimoniales que procedan del aprovechamiento forestal.
- ✅Clave (L): Coloca solo las rentas exentas y dietas con excepción de gravamen.
¿Quién tiene que presentar el modelo 190?
En primera instancia, todas las personas que hayan presentado modelos trimestrales 111 también tendrán que hacer la presentación del modelo 190. No por haber presentado los 4 modelos anteriores se exime la obligación de hacer la presentación del modelo de resumen.
Ahora, será obligación de todos los autónomos y empresarios que hayan llevado a cabo algunas de las siguientes rentas:
- Rendimiento de empleo: Se refiere a las nóminas de trabajo para pagar a los empleados.
- Rendimiento de actividades económicas: Si se han realizado actividades que tributen en estimación objetiva.
- Rendimientos de alquiler: Cuando se alquilan inmuebles urbanos.
- Donaciones: Todas las donaciones, planes de pensiones y similares.
- Premios: Cada premio que sea obtenido por juegos, rifas, concursos y afines.
Plazo para presentar el modelo 190
El plazo de presentación para este modelo, según lo establecido en el calendario fiscal es desde el 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio. Esto quiere decir que se estará presentando en el 2023 las retenciones de IRPF del año 2022.
¿De qué forma presento el modelo 190?
Ya que sabes para qué sirve el modelo 190, ahora debes saber cómo presentarlo. Esto se hace de forma telemática, no tendrás que moverte de casa y solo necesitarás el ordenador. Para ello debes ingresar a la página web oficial de la Agencia Tributaria dando clic aquí
¿Necesito asesoría jurídica para presentar este modelo?
Si bien puedes presentar este modelo por ti mismo, en ocasiones puede resultar algo un poco complejo, por ello se recomienda tener asesoría fiscal sobre todo si eres autónomo. Así te asegurarás de que la declaración quede perfecta.
¿Qué sucede si me equivoco al presentar el modelo?
Es posible que te equivoques cuando hagas la presentación, si esto sucede y estás dentro del plazo adecuado puedes hacer una declaración sustitutiva. Esta eliminará la declaración anterior con una nueva que tiene los datos colocados de manera adecuada.
Y en caso de que no quieras sustituir toda la declaración anterior sino solo agregar algún dato que olvidaste puedes hacer una declaración complementaria que incorporará datos extra a una declaración anterior que se mantendrá.
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