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¿Qué es el modelo 720?
Es un tipo de declaración informativa que contiene todos los datos a cerca de los bienes y derechos que poseemos y que están en el extranjero. Sus objetivos principales son:
- Darle a conocer a la Administración Tributaria todos nuestros bienes inmuebles y derechos que estén ubicados en el exterior.
- Dar a conocer el estado de las cuentas en entidades financieras que estén fuera de España.
- Dar información sobre todos los seguros, rentas, valores y derechos que se hayan obtenido.
¿Cómo rellenar el modelo 720?
Este modelo debe rellenarse con toda la información sobre los bienes de los que seamos titulares o beneficiarios y que estén en el extranjero.
Serán bienes en el extranjero (información que se deba incluir), los siguientes:
- Las cuentas bancarias o de crédito que estén en el extranjeros y de las que el declarante sea titular, representante, autorizado o beneficiario. (También aplica si tiene poderes de disposición)
- Además se deben declarar los títulos, activos, valores y derechos de capital que estén en extranjero.
- Son declarables también los seguros de vida, invalidez, rentas vitalicias además de las temporales.
- Se declararán los bienes inmuebles y los derechos que se tengan sobre ellos.
¿Quién está obligado a presentar el modelo?
Estarán obligados a presentar este modelo todos los españoles que sean titulares, representantes, beneficiarios o estén autorizados para manejar cualquier activo o bien que esté situado en el extranjero. Si usted tiene poder sobre valores, derechos, rentas, seguros y similares está en la obligación de declararlo. Si no lo hace y hacienda se da cuenta podría tener problemas legales.
Ahora, lo anterior está sujeto a la cantidad del bien o el activo que se tenga. Por ejemplo, solo será obligatorio hacer la declaración si el importe es mayor a 50.000 euros. En caso de que el importe sea menor, la obligación desaparece.
¿Cómo puedo presentar este modelo?
Para hacer la presentación de este modelo tienes la alternativa de hacerlo de forma telemática. Esta es la alternativa más sencilla y utilizada. Para ello necesitarás una firma digital, DNI electrónico, Cl@ve PIN y acceso a internet además de ser una persona física. Lo que debes hacer es dar clic aquí y te dirigirá a la página de la Agencia Tributaria para que puedas hacer el proceso sin problemas.
¿Cuándo se debe presentar el modelo 720?
Para la presentación todos los declarantes tendrán entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que obtuvieron los bienes y al que se refiere la información que incluye la declaración. Es decir, si se han obtenido bienes en el 2022, la declaración se hará en el 2023, pero con la información del año anterior.
Preguntas frecuentes
📌¿Me pueden sancionar si no presento la declaración?
En primera instancia, esta declaración es obligatoria y requiere que la información que se suministra sea verdadera. Si una persona decide no hacer la declaración u omitir ciertos datos, puede ser sancionado. En ese caso se aplicarán multas que pueden ser:
- Multa pecuniaria: Este tipo de multa se establece en 5000 euros por cada uno o el conjunto de datos que debieron declararse pero no se hicieron. Por ello el mínimo de esta multa puede ser de 10.000 euros
- Infracción fuera de plazo: Ahora, si pretendes declarar con todos los datos bien, pero se te ha pasado el plazo que especificamos antes, recibirás una sanción. Esta será de 100 euros por cada dato.
📌¿Es obligatorio presentar el modelo 720?
Sí. Si una persona tiene bienes en el extranjero está en la obligación de presentar esta declaración según lo establecido en el artículo 4.2 de la Ley 10/2010 que va de la prevención del blanqueo de capitales.
📌¿Esta declaración se puede presentar en nombre de terceros?
Sí, es posible. Esto sucede sobre todo cuando el declarante no cuenta con certificado electrónico. En ese caso, la persona que realice el trámite deberá tener una autorización para hacer declaraciones a terceros.
📌¿Este modelo se puede presentar de manera presencial?
No, por motivos de Covid-19 se ha puesto a la disposición de todos los usuarios la opción de hacer este trámite en línea a través de la Sede Electrónica. Con ello se puede hacer el trámite más fácil y solo a través de nuestro ordenador.
📌¿Las criptomonedas se deben colocar en el modelo 720?
Sí y no. Como comentamos antes, no es necesario hacer la declaración de los bienes si es que estos no superan los 50.000 euros. Si tienes 5 euros en criptomonedas esto no será un problema para ti. Ahora, si la cantidad de criptomonedas es igual o mayor a los 50.000 euros sí deberás hacer la declaración.
Ahora, si no haces la declaración del modelo 720 a hacienda y tienes una posesión de más de 50.000 euros en criptomonedas esta entidad procederá como si se tratase del dinero en una cuenta común y corriente y deberás asumir las sanciones que están previstas en la ley, por ello lo ideal es que hagas la declaración según lo que estipula la ley.
📌¿Todos los años se debe presentar el modelo?
Sí y no, bueno, esto dependerá de las condiciones y la cantidad de activos o bienes que tengas. Supongamos que el año pasado declaraste un bien y este año has obtenido otro. Como la cantidad de bienes que ha aumentado hay variación en la información que se tiene que declarar y esto se debe colocar en una nueva declaración.
Lo común es que los bienes que se tienen estén en constante cambio, por ello es que lo usual es que se hagan declaraciones anuales de todo lo que se ha obtenido en el periodo fiscal anterior.